El viernes 19 de abril, la Secretaría de Economía publicó la resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de atomizadores de plástico originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.
Derivado de la investigación antidumping:
- El 21 de abril de 2009, se publicó la «Resolución final de la investigación antidumping», mediante dicha Resolución, la Secretaría determinó imponer una cuota compensatoria definitiva a las mercancías de 86%.
Posteriormente, en sus exámenes de vigencia previos se determinó lo siguiente:
- El 16 de febrero de 2015, la Secretaría determinó prorrogar la vigencia de la cuota compensatoria de 86% por cinco años más contados a partir del 22 de abril de 2019.
- El 2 de junio de 2020, la Secretaría determinó prorrogar la vigencia de la cuota compensatoria de 86% por cinco años más contados a partir del 22 de abril de 2019.
La presente resolución dicta lo siguiente:
Se declara el inicio del procedimiento administrativo del examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de atomizadores de plástico originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de la fracción arancelaria 9616.10.01 de la TIGIE, o por cualquier otra.
- Se fija como periodo de examen el comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023 y como periodo de análisis el comprendido del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2023.
- Los productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquier persona que acredite tener interés jurídico en el resultado de este procedimiento, se otorga el plazo de 28 días hábiles contados a partir de la publicación de esta Resolución, para que las partes interesadas acreditadas en el procedimiento, de considerarlo conveniente, comparezcan ante la Secretaría para presentar los argumentos y pruebas complementarias que estimen pertinentes.
La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Debido a la naturaleza informativa del comunicado, los invitamos a consultar la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación.