El viernes 5 de enero, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público hace la publicación oficial de los anexos 3 y 7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.
En este boletín se aborda el anexo 3.
El anexo 3 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 contiene los criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales, que son aquellos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) considera que pueden generar una situación de incumplimiento o evasión tributaria.
El anexo 3 se divide en cuatro apartados
A) Criterios que se refieren a situaciones o actos que generan beneficios indebidos en materia de impuestos internos. B) Criterios que se refieren a situaciones o actos que generan beneficios indebidos en materia de comercio exterior. C) Criterios que se refieren a situaciones o actos que generan beneficios indebidos en materia de seguridad social. D) Criterios que se refieren a situaciones o actos que generan beneficios indebidos en materia de contribuciones locales. |
A) VIGENTES
Para los efectos del artículo 33, fracción I, inciso h) del CFF, en relación con la regla 1.9., fracción III, las prácticas fiscales indebidas, pero no ilegales a ojos del SAT (los criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales) conforme a lo siguiente.
I. Criterios del CFF II. Criterios de la Ley del ISR III. Criterios de la Ley del IVA IV. Criterios de la Ley del IEPS V. Criterios de la LISH VI. Criterio de la LIF VII. Criterios de la LFD Derogados. VIII. Criterios de la Ley del ISR IX. Criterios de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación |
B) DEROGADOS
Los siguientes criterios continuarán surtiendo efectos respecto de las situaciones jurídicas o de hecho que en su momento regularon
I. Criterios de la Ley del ISR 10/ISR/NV 14/ISR/NV 19/ISR/NV 20/ISR/NV 21/ISR/NV 25/ISR/NV II. Criterio de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación. 1/LIGIE/NV Regla General 2 a). Importación de mercancía sin montar. |