SECRETARIA DE ECONOMÍA
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA DECISIÓN No. 122 DE LA COMISIÓN
ADMINISTRADORA DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS Y LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, ADOPTADA EL 16 DE ENERO DE 2025
La Comisión Administradora del TLC entre México y Colombia otorgó una dispensa temporal del 12 de febrero de 2025 al 11 de febrero de 2026 para permitir que ciertos bienes textiles y del vestido producidos en Colombia, que usen materiales originarios de fuera de la zona de libre comercio, reciban el trato arancelario preferencial del Tratado.
Esta medida aplica a productos específicos clasificados en diversas subpartidas arancelarias, siempre que cumplan con las reglas de origen y demás requisitos establecidos en el acuerdo.
- El bien beneficiado por la dispensa estará sujeto a los mecanismos de verificación y certificación del Tratado.
- En Colombia, se podrá usar material de fuera de la zona de libre comercio hasta el límite máximo establecido en la tabla correspondiente.
- El certificado de origen debe incluir una frase específica que indique el uso de la dispensa y el monto del material utilizado.
- Cada certificado de origen solo puede cubrir productos de una misma subpartida (6 dígitos); si hay varias, se debe emitir uno por cada subpartida.
- México podrá solicitar a Colombia información para verificar el uso adecuado de la dispensa.
- Las solicitudes de prórroga o aumento de montos deben seguir el procedimiento del Tratado y serán publicadas oficialmente en ambos países.
El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación.
Debido a la naturaleza informativa del comunicado, los invitamos a consultar la publicación oficial en Diario Oficial de la Federación.