El lunes 27 de noviembre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer la quinta resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023 y Anexos 9 y 21.
Por medio de esta resolución se modifican la segunda modificación al anexo 9 de las RGCE par 2022 y el anexo 21 de las RGCE para 2023. De las modificaciones a las al anexo 9 se autoriza importar sin pago de impuestos las siguientes mercancías:
Además, en la quinta modificación al anexo 21, la SCHP determina las aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de determinado tipo de mercancías, como lo son:
VI. De combustibles minerales aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas; ceras minerales.
VIII. Importación de productos minerales y productos de las industrias químicas o de las industrias conexas:
Para ver la tabla completa de mercancías y su correspondiente fracción arancelaria, los invitamos a consultar la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación