El lunes 13 de noviembre la SHyCP publicó las reformas, adiciones y derogados de ciertas disposiciones de las Ley Federal de Derechos.
En materia de comercio exterior, el caso de operaciones de importación y exportación de mercancías exentas de los impuestos conforme a la ley aduanera. Se reforma el artículo 49, párrafo primero, fracción IV:
En el caso de mercancías importadas o exportadas definitivamente; de importaciones o exportaciones temporales para retornar en el mismo estado; de las operaciones aduaneras que amparen mercancías que de conformidad con las disposiciones aplicables no tengan valor en aduana, así como de importación y exportación de mercancías que no aplique cargos o derechos sobre su valor.
Se cobrará por cada operación: …………………………. $407.82
El presente Decreto entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2024, salvo: La modificación al artículo 18-A de la Ley Federal de Derechos El Transitorio Segundo del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos y de la Ley General de Turismo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de mayo de 2023. La modificación al artículo 49 de la Ley Federal de Derechos, que entrará en vigor a partir del 30 de diciembre de 2023. Los límites permisibles correspondientes a color verdadero y toxicidad aguda (UT).
Debido a la naturaleza informativa del comunicado, los invitamos a consultar la publicación oficial en: Diario Oficial de la Federación