AVISO DE LA ELIMINACIÓN DE LA CUOTA COMPENSATORIA DEFINITIVA IMPUESTA A LAS IMPORTACIONES DE TORRES DE VIENTO ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA.

por | Oct 4, 2025 | Banners | 0 Comentarios

La Secretaría de Economía informa que, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 11.3 del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, 16 y 34, fracciones V y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 5o., fracción XIII, 70, último párrafo y 70 B de la Ley de Comercio Exterior, así como por los artículos 1, 2, apartado A, fracción II, numeral 7, 4 y 19, fracciones I y IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, a partir del 6 de octubre de 2025 se elimina la cuota compensatoria definitiva del 21% impuesta a las importaciones de torres de viento originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia, que ingresen por la fracción arancelaria 8502.31.01 de la TIGIE o por cualquier otra. Lo anterior, en virtud de que mediante Resolución Final publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de octubre de 2020, se estableció dicha medida por un periodo de cinco años, y conforme al Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias publicado el 30 de septiembre de 2024, no se recibió manifestación de interés de productores nacionales para iniciar un procedimiento de examen de vigencia dentro del plazo legal establecido. En consecuencia, y con fundamento en las disposiciones citadas, la Secretaría de Economía hace del conocimiento de las partes interesadas, del Servicio de Administración Tributaria y de la Agencia Nacional de Aduanas de México que, a partir de la fecha señalada, queda sin efecto la citada medida compensatoria, en términos de lo dispuesto por la Ley de Comercio Exterior.

La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el DOF: Debido a la naturaleza informativa del comunicado, los invitamos a consultar la publicación oficial en el Diario oficial de la Federación.