El viernes 9 de agosto, la Secretaría de Economía publicó la resolución preliminar del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de poliéster resina originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.
Inicio de la investigación:
El 28 de agosto de 2023, Alpek Polyester México, S.A. de C.V. (antes Dak Resinas Américas México, S.A. de C.V.) e Indorama Ventures Polymers México, S. de R.L. de C.V., en conjunto las Solicitantes, solicitaron el inicio del procedimiento administrativo de investigación por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sobre las importaciones de poliéster resina, en adelante PET o resina de PET, originarias de la República Popular China, en adelante China, independientemente del país de procedencia.
La presente resolución dicta lo siguiente:
Continua el procedimiento administrativo de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios y se imponen las siguientes cuotas compensatorias provisionales a las importaciones de poliéster resina, incluidas las definitivas y temporales, excepto las correspondientes a depósito fiscal:
- 42% para las importaciones provenientes de la empresa China Resources;
- 37% para las importaciones provenientes de la empresa Chongqing Wankai;
- 56% para las importaciones provenientes de la empresa Wankai New;
- 34% para las importaciones provenientes de la empresa Hailun;
- 63% para las importaciones provenientes de la empresa Xingtai;
- 45% para las importaciones provenientes de la empresa Xingye;
- 40% para las importaciones provenientes de la empresa Xingyu, y
- 63% para las importaciones de las demás empresas exportadoras.
Se concede un plazo de 20 días hábiles, para que las partes interesadas comparecientes en el procedimiento, de considerarlo conveniente, comparezcan ante la Secretaría para presentar los argumentos y las pruebas complementarias que estimen pertinentes. El plazo de 20 días hábiles se contará a partir del día que entre en vigor la presente Resolución.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación.
Debido a la naturaleza informativa del comunicado, los invitamos a consultar la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación.