El viernes 26 de julio, la Secretaría de Economía publicó la resolución por la que se declara el inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de metoprolol tartrato originarias de la República de la India, independientemente del país de procedencia.
Derivado de la investigación anti-subvención:
El 25 de julio de 2014, se publicó la «Resolución Final de la investigación anti-subvención sobre las importaciones de metoprolol tartrato, originarias de la República de la India, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por la fracción arancelaria 2922.19.28 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación», mediante la cual la Secretaría determinó imponer una cuota compensatoria definitiva de 56.85%.
Acto seguido, el examen de vigencia previo determino lo siguiente:
El 22 de diciembre de 2020, se publicó la «Resolución Final del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de metoprolol tartrato originarias de la República de la India, independientemente del país de procedencia», mediante la cual la Secretaría determinó prorrogar por cinco años más la vigencia de la cuota compensatoria de 56.85%, señalada en el punto anterior de la presente Resolución, contados a partir del 26 de julio de 2019.
Posteriormente, en el aviso sobre la vigencia de las cuotas compensatorias:
El 14 de septiembre de 2023, se publicó el «Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias», mediante el cual se comunicó a los productores nacionales y a cualquier persona que tuviera interés jurídico, que las cuotas compensatorias definitivas impuestas a los productos listados en dicho Aviso se eliminarían a partir de la fecha de vencimiento que se señaló en el mismo para cada uno, salvo que un productor nacional manifestara por escrito su interés en que se iniciara un procedimiento de examen. El listado incluyó el metoprolol tartrato, en adelante metoprolol, originario de la República de la India, en adelante India, objeto de este procedimiento.
La presente resolución dicta lo siguiente:
Se declara el inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de metoprolol, que ingresan a través de la fracción arancelaria 2922.19.99 de la TIGIE, o por cualquier otra.
Se fija como periodo de examen el comprendido del 1 de abril de 2023 al 31 de marzo de 2024 y como periodo de análisis el comprendido del 1 de abril de 2019 al 31 de marzo de 2024.
Los productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquier persona que acredite tener interés jurídico en el resultado de este procedimiento de examen, contarán con un plazo de veintiocho días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar la respuesta al formulario establecido para tal efecto, así como los argumentos y las pruebas que consideren convenientes.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación.
Debido a la naturaleza informativa del comunicado, los invitamos a consultar la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federacion.