Resolución Inicial Del Examen De Vigencia De La Cuota Compensatoria A Las Importaciones De Conexiones De Acero Al Carbón Para Soldar A Tope Originario De China

por | Ago 5, 2024 | Banners, Blog | 0 Comentarios

El viernes 2 de agosto, la Secretaría de Economía publicó la resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de conexiones de acero al carbón para soldar a tope originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

Derivado de la investigación antidumping:

El 4 de agosto de 2004, se publicó la «Resolución Final investigación antidumping sobre las importaciones de conexiones de acero al carbón para soldar a tope, en diámetros en el rango de 1/2 a 16 pulgadas, incluyendo ambas, mercancía actualmente clasificada en la fracción arancelaria 7307.93.01 de la Tarifa de la  LIGIE», mediante la cual la Secretaría determinó imponer una cuota compensatoria definitiva de 81.04% sobre el valor en aduana de la mercancía.

Acto seguido, durante la revisión de la cuota compensatoria se determinó lo siguiente:

 El 7 de noviembre de 2006, la Secretaría determinó una cuota compensatoria de 2.07 dólares de Estados Unidos de América, en adelante dólares, por kilogramo.

Posteriormente, en el aviso sobre la vigencia de las cuotas compensatorias:

El 2 de febrero de 2011, la Secretaría determinó modificar la cuota compensatoria a que se refiere el punto anterior de 2.07 dólares por kilogramo a 1.05 dólares por kilogramo, y mantenerla por cinco años más, contados a partir del 5 de agosto de 2009.

El 2 de julio de 2015, la Secretaría determinó prorrogar la vigencia de la cuota compensatoria de 1.05 dólares por kilogramo a que se refiere el punto anterior, por cinco años más, contados a partir del 5 de agosto de 2014.

El 19 de agosto de 2020, la Secretaría determinó prorrogar la vigencia de la cuota compensatoria de 1.05 dólares por kilogramo a que se refiere el punto 3 de la presente Resolución, por cinco años más, contados a partir del 5 de agosto de 2019.

La presente resolución dicta lo siguiente:

Se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de conexiones de acero al carbón para soldar a tope originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de la fracción arancelaria 7307.93.01 de la TIGIE, o por cualquier otra.

 Se fija como periodo de examen el comprendido del 1 de julio de 2023 al 30 de junio de 2024 y como periodo de análisis el comprendido del 1 de julio de 2019 al 30 de junio de 2024.

Los productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquier persona que acredite tener interés jurídico en el resultado de este procedimiento de examen, contarán con un plazo de veintiocho días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar la respuesta al formulario establecido para tal efecto, así como los argumentos y las pruebas que consideren convenientes.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación.

Debido a la naturaleza informativa del comunicado, los invitamos a consultar la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación.