OFICIO 500 05 2026 11484 MEDIANTE EL CUAL SE COMUNICA LISTADO GLOBAL DE PRESUNCIÓN DE CONTRIBUYENTES QUE SE UBICARON EN EL SUPUESTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 69-B, PÁRRAFO PRIMERO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.

por | Jun 5, 2026 | Banners, Blog | 0 Comentarios

De acuerdo con:

Artículo 69-B.- Cuando la autoridad fiscal detecte que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados, se presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes.

Se recomienda no realizar operaciones con las personas que aparecen en esta lista.

Como parte del procedimiento, las autoridades fiscales notificaron a cada contribuyente un oficio individual de presunción en el que detallan los hechos que sustentan dicha determinación. A partir de la última notificación realizada conforme a las disposiciones fiscales aplicables, los contribuyentes cuentan con un plazo de 15 días hábiles para presentar pruebas, documentación e información que permitan desvirtuar los señalamientos formulados por la autoridad.

El SAT precisó que, en caso de que los contribuyentes no presenten elementos de defensa dentro del plazo otorgado o que las pruebas aportadas resulten insuficientes para desvirtuar los hechos observados, se emitirá la resolución correspondiente y sus nombres, denominaciones o razones sociales serán incluidos en el listado definitivo de contribuyentes que realizan operaciones inexistentes, el cual se publica tanto en la página oficial del SAT como en el Diario Oficial de la Federación.

Esta medida forma parte de las acciones de fiscalización orientadas a combatir la emisión de facturas por operaciones simuladas y fortalecer la transparencia y certeza en las operaciones comerciales y fiscales realizadas en el país.

La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el DOF: Debido a la naturaleza informativa del comunicado, los invitamos a consultar la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación.