El Acuerdo que regula la exportación de azúcar mexicana a Estados Unidos establece que, para cada ciclo azucarero, el cupo máximo debe calcularse con base en las necesidades del mercado estadounidense (WASDE) y el excedente de oferta nacional (CONADESUCA). Con fundamento en los Puntos 13 y 15 del Acuerdo, la Secretaría de Economía dio a conocer que el cupo total de exportación al mes de julio de 2025, para el ciclo comprendido del 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026, es de 199,251.799 toneladas métricas valor crudo (TMVC).
El cálculo resultó de aplicar la fórmula CTt = mín[(Xt * Z), Yt], donde las necesidades de EUA (Xt), obtenidas del informe WASDE de julio 2025, equivalieron a 398,503.599 TMVC; el factor de ajuste de julio (Z) fue de 0.5, resultando en 199,251.799 TMVC; y el excedente nacional (Yt), calculado por CONADESUCA, ascendió a 905,606.760 TMVC. En consecuencia, el valor mínimo y definitivo del cupo fue de 199,251.799 TMVC. Asimismo, conforme al Punto 15 del Acuerdo, la primera asignación con datos de julio 2025 asciende a 119,551.080 TMVC, misma que tendrá vigencia del 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026.
La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el DOF: Debido a la naturaleza informativa del comunicado, los invitamos a consultar la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación.