El 9 de julio de 2026 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Anexos 3, 9, 14, 15, 21, 22 y 29 correspondientes a la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, mediante el SAT, actualiza criterios normativos, tablas, listados y diversos instrumentos administrativos vinculados con la aplicación de las disposiciones fiscales vigentes.
En materia de Impuesto sobre la Renta, destaca la modificación al Anexo 3, mediante la incorporación del criterio no vinculativo 43/ISR/PI, relativo a las cantidades entregadas a trabajadores, socios o accionistas por concepto de incentivos laborales, bonos, comisiones, primas, compensaciones complementarias por invención, compensaciones relacionadas con la NOM-035-STPS-2018 o conceptos análogos, cuando dichos pagos se realizan a través de terceros. El SAT establece que dichas cantidades no constituyen ingresos exentos, por lo que deben recibir el tratamiento fiscal correspondiente como ingresos gravados por concepto de salarios, ingresos asimilados o dividendos, según corresponda. Asimismo, precisa que los pagos efectuados a las asociaciones o sociedades utilizadas como intermediarias no son deducibles para efectos del ISR, al no cumplir con el requisito de estricta indispensabilidad previsto en el artículo 27, fracción I, de la Ley del ISR, y que el IVA trasladado por dichas operaciones no resulta acreditable conforme al artículo 5, fracción I, de la Ley del IVA.
El criterio también considera práctica fiscal indebida la omisión de retener y enterar el ISR, la acumulación incorrecta de dichos ingresos por parte de las personas físicas y la participación de asesores o terceros en la implementación de estos esquemas. El criterio tiene como fundamento, entre otros, los artículos 1, 10, 25, 27, 90, 93, 94, 96, 140 de la Ley del ISR, así como los artículos 153-J y 163 de la Ley Federal del Trabajo y la NOM-035-STPS-2018.
- Anexo 9, se actualiza la tabla prevista en la regla 3.15.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, aplicable a la opción de actualización de deducciones contemplada en el artículo 121 de la Ley del ISR para personas físicas que obtengan ingresos por la enajenación de bienes inmuebles, incorporándose los factores de actualización que deberán emplearse conforme al tiempo transcurrido entre la adquisición y la enajenación del inmueble.
- Anexo 14, se publica la Primera Modificación al listado de donatarias autorizadas, con información generada del 10 de diciembre de 2025 al 11 de mayo de 2026, actualizando las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR.
Las modificaciones comprenden nuevas autorizaciones, autorizaciones para recibir donativos del extranjero, organizaciones autorizadas a partir del ejercicio 2025, cambios de rubro, cambios de denominación, revocaciones derivadas del procedimiento previsto en el artículo 82 Quáter de la Ley del ISR, cancelaciones solicitadas conforme al artículo 82, fracción V, así como actualizaciones derivadas del cumplimiento de sentencias, recursos de revocación y medidas cautelares emitidas por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
- Anexo 15, se publica la Décima Tercera Modificación al Anexo 15 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, mediante la actualización del Código de Claves Vehiculares utilizado para efectos del Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN). Las modificaciones incorporan nuevas claves, modelos y versiones de vehículos nacionales e importados, incluyendo unidades de combustión, híbridas y eléctricas de diversos fabricantes, así como actualizaciones derivadas de cambios de denominación empresarial.
- Anexos 21, 22 y 29 también fueron actualizados como parte de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, incorporando las adecuaciones técnicas y administrativas correspondientes para su aplicación durante el ejercicio fiscal 2026, de conformidad con las reglas vigentes de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Las modificaciones publicadas no implican reformas legales ni derogaciones de leyes fiscales, sino que constituyen actualizaciones de anexos administrativos de la Resolución Miscelánea Fiscal, cuyo objeto es precisar criterios interpretativos, actualizar tablas, listados y catálogos oficiales, así como fortalecer la correcta aplicación de las disposiciones contenidas principalmente en la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley Federal del Trabajo y la propia Resolución Miscelánea Fiscal para 2026.
LA PRESENTE RESOLUCIÓN ENTRARÁ EN VIGOR EL DÍA DE SU PUBLICACIÓN EN EL DOF: DEBIDO A LA NATURALEZA INFORMATIVA DEL COMUNICADO, LOS INVITAMOS A CONSULTAR LA PUBLICACIÓN OFICIAL EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.