ANEXOS 17, 21, 22, 23, 24, 27, 28 y 30 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada el 28 de diciembre de 2025

por | Ene 13, 2026 | Banners, Blog | 0 Comentarios

La Resolución Miscelánea Fiscal constituye el instrumento administrativo que desarrolla y precisa la aplicación de las disposiciones contenidas en el Código Fiscal de la Federación, la Ley del ISR, la Ley del IVA, la Ley del IEPS y demás ordenamientos fiscales, estableciendo reglas operativas, técnicas y procedimentales de observancia obligatoria para los contribuyentes. La publicación de estos anexos tiene como finalidad dotar de certeza jurídica, fortalecer la fiscalización digital, regular sectores de alto impacto recaudatorio y dar cumplimiento a compromisos internacionales en materia de intercambio de información, generando obligaciones formales cuyo incumplimiento puede dar lugar a sanciones fiscales.

  • Anexo 17 regula las obligaciones fiscales aplicables a los juegos con apuestas y sorteos, precisando los requisitos operativos para permisionarios y proveedores de servicios autorizados, así como las reglas para la determinación, retención y entero del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), reforzando los mecanismos de control y supervisión en este sector.
  • Anexo 21 establece las especificaciones técnicas mínimas que deben cumplir los equipos y sistemas informáticos de controles volumétricos utilizados en el manejo de hidrocarburos y petrolíferos, con el objetivo de garantizar la correcta medición, registro y transmisión de información al SAT, en términos del Código Fiscal de la Federación.
  • Anexo 22 complementa el marco regulatorio de los controles volumétricos al definir los procedimientos de verificación, las características de los certificados de cumplimiento y los lineamientos para acreditar el correcto funcionamiento de los sistemas de medición, elementos esenciales para validar operaciones y evitar contingencias fiscales.
  • Anexo 23 establece las características, metodologías y contenido mínimo de los dictámenes de laboratorio aplicables a hidrocarburos, petrolíferos y gas natural, incluyendo análisis físico-químicos y parámetros técnicos, fortaleciendo la trazabilidad y confiabilidad de la información utilizada para efectos fiscales.
  • Anexo 24 desarrolla las disposiciones relativas a la contabilidad electrónica, definiendo la estructura de archivos digitales y formatos XML que deben presentar los contribuyentes conforme al artículo 28 del Código Fiscal de la Federación, consolidando la estandarización y fiscalización de la información contable.
  • Anexo 27 contiene las reglas operativas para el cumplimiento del Acuerdo FATCA celebrado con los Estados Unidos de América, estableciendo las obligaciones de identificación, reporte e intercambio de información financiera a cargo de las instituciones financieras mexicanas.
  • Anexo 28 regula la aplicación del Estándar Común de Reporte (CRS) de la OCDE, imponiendo obligaciones de reporte automático de información financiera a múltiples jurisdicciones, como parte de los mecanismos de cooperación internacional y combate a la evasión fiscal.
  • Anexo 30 da a conocer los domicilios oficiales de las unidades administrativas del Servicio de Administración Tributaria, relevantes para efectos de notificaciones, trámites y procedimientos administrativos fiscales.

LA PRESENTE RESOLUCIÓN ENTRARÁ EN VIGOR EL DÍA DE SU PUBLICACIÓN EN EL DOF: DEBIDO A LA NATURALEZA INFORMATIVA DEL COMUNICADO, LOS INVITAMOS A CONSULTAR LA PUBLICACIÓN OFICIAL EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.