La modificación se emite con fundamento en el artículo 144, fracción I, de la Ley Aduanera, que establece las facultades de la autoridad aduanera en materia de circunscripción territorial, así como en los artículos 1, 4, apartado A, 11, fracciones II y XX, y 37, último párrafo, del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México.
Mediante el Artículo Único se reforma el Artículo Primero, fracción XXX, del Acuerdo originalmente publicado el 15 de mayo de 2025 y previamente modificado el 17 de julio de 2025. Con este cambio se actualiza la circunscripción de la Aduana de Subteniente López, la cual comprenderá los municipios de José María Morelos y Othón P. Blanco, ambos en el Estado de Quintana Roo.
Asimismo, se establece que dependerán de la Aduana de Subteniente López la sección aduanera del Aeropuerto Internacional de Chetumal, ubicada en Chetumal, Quintana Roo, así como la sección aduanera de Subteniente López II “Chactemal”, ubicada en el municipio de Othón P. Blanco. La modificación resulta relevante para importadores, exportadores, agencias y agentes aduanales, transportistas y demás operadores de comercio exterior que realicen operaciones de entrada o salida de mercancías en esta zona, ya que deberán considerar la circunscripción y dependencia administrativa actualizada para la correcta gestión de sus operaciones y trámites aduaneros.
LA PRESENTE RESOLUCIÓN ENTRARÁ EN VIGOR EL DÍA DE SU PUBLICACIÓN EN EL DOF: DEBIDO A LA NATURALEZA INFORMATIVA DEL COMUNICADO, LOS INVITAMOS A CONSULTAR LA PUBLICACIÓN OFICIAL EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.