El lunes 17 de febrero, la Secretaría de Economía publicó el acuerdo por el que se dan a conocer las marcas de certificación HECHO EN MÉXICO y MADE IN MEXICO y se expiden sus reglas de uso.
La autorización de uso de las marcas de certificación se otorgará una vez que se evalúe el cumplimiento de las condiciones conforme a los requisitos y especificaciones establecidos en las presentes reglas, la cual será susceptible de otorgarse una vez que, el titular de la marca de certificación verifique que, los productos cuya fabricación, manufactura o ensamblado se realice en México, y cuenten con estándares de calidad y excelencia.

PRIMERO. El acuerdo tiene como objetivo dar a conocer las marcas de certificación «HECHO EN MÉXICO» y «MADE IN MEXICO», expedir sus reglas de uso, designar la unidad administrativa competente dentro de la Secretaría de Economía y establecer sus atribuciones.
SEGUNDO. Se definen los signos distintivos y denominaciones de las marcas de certificación.
TERCERO. Se expiden las reglas de uso de las marcas de certificación, las cuales se detallan en un anexo que forma parte del acuerdo.
CUARTO. La autorización para el uso de las marcas de certificación será otorgada por la Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia de la Secretaría de Economía, conforme a las reglas de uso establecidas.
QUINTO. La Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia será la autoridad competente para garantizar el cumplimiento del acuerdo. Podrá solicitar apoyo y colaboración de otras autoridades federales y locales para cumplir con sus atribuciones.
SEXTO. Se delega en el titular de la Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia la facultad de recibir, analizar y resolver las solicitudes de autorización de uso de las marcas de certificación.
SÉPTIMO. Para el ejercicio de las facultades delegadas, se deberá observar lo dispuesto en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, y en lo no previsto, se aplicará supletoriamente la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y otras disposiciones jurídicas aplicables.
OCTAVO. Se crea el Consejo Honorario Promotor «Hecho en México», un órgano consultivo integrado por representantes de los sectores empresariales, industriales y creativos mexicanos, cuyas reglas de operación serán emitidas por el propio consejo.
* El Consejo Honorario Promotor «Hecho en México» deberá instalarse en un plazo no mayor a 90 días hábiles a partir de la entrada en vigor del acuerdo. En su sesión de instalación, deberá aprobar sus reglas de operación. *
PICAR EN EL ENLACE PARA CONSULTAR: REGLAS DE USO DE LAS MARCAS DE CERTIFICACIÓN HECHO EN MÉXICO Y MADE IN MEXICO
El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el DOF.
Debido a la naturaleza informativa del comunicado, los invitamos a consultar las reglas de uso completas en la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación.