ACUERDO por el que se da a conocer la Decisión No. 124 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia, adoptada el 23 de junio de 2025.

por | Ago 12, 2025 | Banners, Blog | 0 Comentarios

La Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre México y Colombia, mediante la Decisión No. 124 del 23 de junio de 2025, otorgó del 22 de julio de 2025 al 21 de julio de 2026 una prórroga para los insumos contemplados en la dispensa temporal establecida en la Decisión No. 119 del 27 de mayo de 2024. Esta medida permite que ciertos bienes textiles y del vestido, elaborados totalmente en Colombia con materiales originarios de fuera de la zona de libre comercio y clasificados en diversas subpartidas del Sistema Armonizado, reciban trato arancelario preferencial conforme al calendario de desgravación del Anexo 1 al artículo 3-04 del Tratado, siempre que cumplan con la regla de origen y demás requisitos aplicables.

La prórroga está sujeta a los mecanismos de verificación y certificación del Capítulo VII del Tratado, fijándose cantidades máximas para el uso de dichos materiales y la obligación de que el certificado de origen, emitido por el exportador, incluya la leyenda específica que confirme el cumplimiento de la Decisión No. 124 e indique el monto y fracción arancelaria de los insumos amparados por la dispensa. Cada certificado deberá corresponder únicamente a productos de una misma subpartida (a 6 dígitos).

México podrá requerir a Colombia información para verificar la correcta aplicación de esta medida y su apego al dictamen del CIRI presentado a la Comisión Administradora del Tratado. Cualquier solicitud de prórroga adicional o aumento en los montos autorizados deberá tramitarse conforme al Tratado y al Reglamento de Operación del CIRI (Decisión No. 61 del 7 de abril de 2010), y publicarse en la gaceta oficial mexicana y en la página web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia.

La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el DOF: Debido a la naturaleza informativa del comunicado

SEGUNDO. De conformidad con el numeral 1 de la Decisión No. 124 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia, adoptada el 23 de junio de 2025, la dispensa temporal a que se refiere dicho numeral entrará en vigor a partir del 22 de julio de 2025 y concluirá su vigencia el 21 de julio de 2026. Los invitamos a consultar la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación.