ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CUPO PARA IMPORTAR ARROZ PADDY BAJO EL ARANCEL-CUPO QUE SE INDICA.

por | Jul 7, 2026 | Banners, Blog | 0 Comentarios

Con fundamento en el artículo 34, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y en la Ley de Comercio Exterior, previa opinión favorable de la Comisión de Comercio Exterior (COCEX). La medida complementa el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2022, modificado el 26 de marzo de 2026, mediante el cual se estableció el arancel-cupo aplicable a la fracción arancelaria 1006.10.99 (los demás tipos de arroz, excepto arroz del Estado de Morelos). Asimismo, se alinea con el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 (DOF, 15 de abril de 2025) y el Programa Sectorial de Economía 2025-2030 (DOF, 22 de diciembre de 2025), cuyos objetivos incluyen fortalecer el mercado interno, garantizar el abasto de productos básicos, diversificar la proveeduría e impulsar la estabilidad de precios.

La autoridad justificó la emisión del Acuerdo con base en las condiciones del mercado nacional de arroz. Aunque la producción nacional de arroz paddy alcanzó 234 mil toneladas en 2025, lo que representó un incremento del 16% respecto de 2024, el Consumo Nacional Aparente (CNA) ascendió a 1.12 millones de toneladas, de las cuales únicamente 21% fue cubierto con producción nacional y 79% mediante importaciones, evidenciando una insuficiencia estructural de la oferta interna. Durante 2025, las importaciones totalizaron 1.088 millones de toneladas, de las cuales 81% correspondió a la fracción arancelaria 1006.10.99, principalmente provenientes de Estados Unidos (49%), Uruguay (30%) y Brasil (18%), registrando un incremento de 3.2% respecto al año anterior.

En este contexto, se establece un cupo de importación de 230,000 toneladas de arroz paddy clasificado en la fracción arancelaria 1006.10.99, con vigencia desde la entrada en vigor del Acuerdo y hasta el 31 de diciembre de 2026. La asignación se realizará mediante el mecanismo de asignación directa, conforme al orden cronológico de presentación de solicitudes hasta agotar el monto autorizado. Podrán participar únicamente personas morales establecidas en México que acrediten haber importado arroz paddy durante los 24 meses previos a la solicitud.

El Acuerdo establece que el monto de asignación será el menor entre la cantidad solicitada, la amparada en la factura comercial, el saldo disponible del cupo y un límite de 15,000 toneladas por solicitud. No obstante, las empresas que además acrediten compras nacionales de arroz paddy realizadas entre 2024 y 2026 podrán obtener asignaciones de hasta 30,000 toneladas, con posibilidad de solicitar asignaciones subsecuentes de hasta 15,000 toneladas, siempre que demuestren haber ejercido al menos el 80% del cupo previamente asignado.

Las solicitudes deberán presentarse mediante el trámite de Asignación Directa de Cupo a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEM) utilizando e.firma, acompañadas de la factura comercial, los pedimentos de importación correspondientes y, en su caso, la documentación que acredite compras nacionales. La Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior resolverá la solicitud en un plazo máximo de cinco días hábiles, mientras que los certificados de cupo serán expedidos dentro de los dos días hábiles siguientes a su solicitud. Dichos certificados serán nominativos, intransferibles e improrrogables, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, y no eximirán del cumplimiento de las demás regulaciones y restricciones no arancelarias aplicables. Asimismo, la Secretaría de Economía podrá cancelar las asignaciones cuando exista falsedad documental, incumplimiento de las condiciones del Acuerdo o uso indebido del certificado. Finalmente, la información relativa a las asignaciones y certificados será pública a través del portal del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE).

LA PRESENTE RESOLUCIÓN ENTRARÁ EN VIGOR EL DÍA DE SU PUBLICACIÓN EN EL DOF: DEBIDO A LA NATURALEZA INFORMATIVA DEL COMUNICADO, LOS INVITAMOS A CONSULTAR LA PUBLICACIÓN OFICIAL EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.