En 1996, Estados Unidos inició una investigación antidumping contra el tomate fresco mexicano. Para evitar afectaciones, productores nacionales y el Departamento de Comercio de EE.UU. firmaron un Acuerdo de Suspensión que, mediante precios de referencia e inspecciones de calidad, permitió exportar sin cuotas compensatorias y mantener abierto el mercado por más de 20 años, con renovaciones en 1996, 2002, 2008, 2013 y 2019. El último acuerdo, firmado el 19 de septiembre de 2019, fue cancelado unilateralmente por EE.UU. el 14 de abril de 2025, restableciendo la orden antidumping y la imposición de cuotas compensatorias a todas las exportaciones mexicanas de tomate fresco o refrigerado, salvo las destinadas a procesamiento industrial.
Ante el riesgo de distorsión de precios, pérdida de competitividad, impacto negativo en el empleo rural, reducción de la producción y alza de precios en el mercado interno, y en cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, la Constitución y la Ley de Comercio Exterior, el Ejecutivo Federal, a través de las Secretarías de Economía y de Agricultura y Desarrollo Rural, establece precios mínimos de exportación para el tomate fresco de la fracción arancelaria correspondiente, aplicables únicamente a exportaciones definitivas. Esta medida busca proteger la planta productiva nacional, garantizar un mercado ordenado, prevenir prácticas desleales, fortalecer la economía rural, preservar empleos y asegurar el abasto al consumo básico en México.

La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el DOF: Debido a la naturaleza informativa del comunicado, los invitamos a consultar la publicación oficial en Diario Oficial de la Federación.
