DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE SE ESTABLECE EL IMPUESTO GENERAL DE IMPORTACIÓN PARA LA REGIÓN FRONTERIZA Y LA FRANJA FRONTERIZA NORTE.

por | Oct 19, 2026 | Banners, Blog | 0 Comentarios

Con fundamento en los artículos 25, primer párrafo, y 131, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se reforma el artículo transitorio Primero del Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2008, con la finalidad de mantener los beneficios arancelarios aplicables a dichas zonas, fortalecer la competitividad de las empresas, fomentar la inversión y preservar el empleo.

Artículo Único: se establece la ampliación de la vigencia del referido Decreto hasta el 31 de diciembre de 2030, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 y el compromiso 74, relativo a la continuidad de los incentivos económicos en las franjas fronterizas.

 Esta medida busca favorecer el comercio exterior y el desarrollo económico regional, permitiendo que las empresas ubicadas en estas zonas mantengan condiciones competitivas frente a los mercados internacionales.

LA PRESENTE RESOLUCIÓN ENTRARÁ EN VIGOR EL DÍA DE SU PUBLICACIÓN EN EL DOF: DEBIDO A LA NATURALEZA INFORMATIVA DEL COMUNICADO, LOS INVITAMOS A CONSULTAR LA PUBLICACIÓN OFICIAL EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.