El 28 de diciembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, mediante la cual el Servicio de Administración Tributaria actualiza diversos anexos de carácter operativo, interpretativo y técnico, con el objetivo de fortalecer el control fiscal, precisar obligaciones formales y adecuar procedimientos electrónicos aplicables a los contribuyentes.
En primer término, el Anexo 3 actualiza la compilación de criterios no vinculativos en materia de prácticas fiscales indebidas, incorporando ajustes y precisiones relevantes en los criterios aplicables al Código Fiscal de la Federación, la Ley del ISR, la Ley del IVA, el IEPS y otros ordenamientos. Este anexo refuerza la postura de la autoridad frente a conductas como la indebida deducción de gastos, simulación de operaciones, uso incorrecto de CFDI, esquemas reportables, subcontratación irregular y acreditamientos improcedentes, reiterando que dichas prácticas pueden dar lugar a sanciones y responsabilidades fiscales, aun cuando los criterios no tengan carácter obligatorio.
El Anexo 7 es modificado para actualizar los criterios normativos internos del SAT, los cuales sirven de guía para la interpretación uniforme de las disposiciones fiscales por parte de la autoridad. Si bien no generan derechos directos para los contribuyentes, su contenido es relevante para anticipar la forma en que el SAT aplicará las normas en actos de fiscalización.
Por su parte, el Anexo 10 presenta modificaciones en los catálogos de claves utilizados en los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), particularmente en lo relativo a tipos de ingresos, deducciones, métodos de pago y conceptos relacionados, lo que obliga a los contribuyentes a revisar y actualizar sus sistemas de facturación para evitar inconsistencias o rechazos en la emisión de comprobantes.
El Anexo 11 actualiza los lineamientos técnicos y catálogos aplicables al CFDI, incluyendo precisiones operativas sobre validaciones, estructuras y uso correcto de claves, con impacto directo en la correcta expedición de comprobantes fiscales y en el cumplimiento de obligaciones formales.
En cuanto al Anexo 12, se modifican los catálogos de actividades económicas y productos que deben utilizarse en los sistemas electrónicos del SAT, lo cual incide en la correcta clasificación de operaciones, determinación de obligaciones y análisis de riesgos fiscales.
El Anexo 13 incorpora ajustes a los criterios y catálogos relacionados con declaraciones informativas y pagos, reforzando la estandarización de la información que los contribuyentes deben presentar a la autoridad fiscal.
El Anexo 14 actualiza los catálogos de medios de defensa, autoridades y trámites fiscales, facilitando la correcta identificación de procedimientos administrativos y recursos disponibles en materia fiscal.
Por su parte, el Anexo 16 contiene modificaciones relevantes a los instructivos y formatos electrónicos para la presentación de declaraciones, lo que implica ajustes operativos que los contribuyentes deben considerar para el correcto cumplimiento de sus obligaciones periódicas.
Finalmente, el Anexo 29 presenta cambios técnicos en el estándar del CFDI, incluyendo actualizaciones en esquemas, validaciones y catálogos asociados, reforzando los controles en la emisión, recepción y validación de comprobantes fiscales digitales.
Las modificaciones a estos anexos no crean nuevas contribuciones, pero sí ajustan y precisan obligaciones formales, criterios de interpretación y requisitos tecnológicos, por lo que resultan de especial relevancia para áreas fiscales, contables y de sistemas. Su correcta observancia es indispensable para mitigar riesgos de incumplimiento, rechazos de CFDI, contingencias fiscales y eventuales actos de fiscalización por parte del SAT.
LA PRESENTE RESOLUCIÓN ENTRARÁ EN VIGOR EL DÍA DE SU PUBLICACIÓN EN EL DOF: DEBIDO A LA NATURALEZA INFORMATIVA DEL COMUNICADO, LOS INVITAMOS A CONSULTAR LA PUBLICACIÓN OFICIAL EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION