AVISO de la eliminación de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de torres de viento originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

por | Oct 6, 2025 | Banners, Blog | 0 Comentarios

La Secretaría de Relaciones Exteriores publicó en el Diario Oficial de la Federación su nuevo Reglamento Interior, mediante el cual se establece su estructura orgánica, atribuciones y lineamientos de operación. La dependencia continuará a cargo de los asuntos que la Constitución y las leyes le encomiendan, con la obligación de impulsar programas transversales de igualdad de género y planear sus actividades conforme al Sistema Nacional de Planeación Democrática y a las directrices del Ejecutivo Federal. Las representaciones de México en el exterior dependerán administrativamente de la Secretaría y serán responsables de ejecutar programas y administrar recursos.

La organización queda integrada por la persona titular, subsecretarías, unidades administrativas, direcciones generales, órganos desconcentrados y oficinas de pasaportes, con apoyo de una Unidad de Transparencia. Se precisan las facultades indelegables de la persona titular, entre ellas: conducir la política exterior, coordinar relaciones económicas y de cooperación, refrendar decretos y acuerdos en materias de su competencia, autorizar la apertura y cierre de representaciones en el exterior, expedir manuales y disposiciones administrativas, aprobar presupuestos y resolver procedimientos administrativos. Asimismo, se detallan las atribuciones de las subsecretarías y, en particular, las facultades de las Subsecretarías para América del Norte y para América Latina y el Caribe respecto de la coordinación de las Secciones Mexicanas de las Comisiones Internacionales de Límites y Aguas con Estados Unidos, Guatemala y Belice, asegurando el cumplimiento de tratados internacionales y el aprovechamiento equitativo de recursos fronterizos.

En los artículos transitorios, se establece que:

  • Se abroga el Reglamento Interior publicado el 14 de junio de 2021, así como el Acuerdo de adscripción de unidades administrativas publicado el 20 de agosto de 2021.
  • Las disposiciones administrativas expedidas con base en el reglamento anterior continuarán vigentes en lo que no se opongan y hasta que sean derogadas expresamente.
  • Las menciones y atribuciones contenidas en otras disposiciones respecto de unidades que desaparecen o modifican su denominación se entenderán referidas a las nuevas áreas competentes.
  • Los asuntos en trámite serán resueltos por las unidades que adquieran la competencia correspondiente.
  • La Secretaría contará con 180 días hábiles para adecuar manuales, procedimientos y disposiciones relacionadas con oficinas de enlace.
  • Las erogaciones derivadas del presente decreto se harán con cargo al presupuesto aprobado, sin requerir recursos adicionales ni incrementar el gasto regularizable.

La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el DOF: Debido a la naturaleza informativa del comunicado, los invitamos a consultar la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación.