Resolución Final Del Examen De Vigencia Y Revisión Sobre Las Cuotas Compensatorias De Globos Metalizados De China

por | Jun 11, 2024 | Banners, Blog | 0 Comentarios

El lunes 10 de junio, la Secretaría de Economía publicó la resolución final del procedimiento administrativo de examen de vigencia y de la revisión de oficio de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de globos de plástico metalizado originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

De la resolución final de la investigación antidumping:

El 7 de junio de 2018, se publicó en el DOF, la «Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de globos de plástico metalizado originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia», mediante la cual la Secretaría determinó imponer una cuota compensatoria definitiva de 37.8 dólares E.U. en adelante dólares, por kilogramo (kg).

Posteriormente, el inicio de la investigación determinó lo siguiente:

El 12 de agosto de 2022, la Secretaría fijó como periodo investigado el comprendido del 1 de octubre de 2020 al 30 de septiembre de 2021, y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de octubre de 2018 al 30 de septiembre de 2021.

La presente resolución dicta lo siguiente:

Se declara concluido el procedimiento administrativo de examen de vigencia y de la revisión de oficio de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de globos de plástico metalizado originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 9503.00.23 y 9505.90.99 de la TIGIE, o por cualquier otra.

Se prorroga la vigencia de la cuota compensatoria definitiva en los términos señalados en el punto 173 de la presente Resolución por cinco años más, contados a partir del 8 de junio de 2023.

Los importadores que conforme a esta Resolución deban pagar la cuota compensatoria definitiva, no estarán obligados a su pago si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a China.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación.

Debido a la naturaleza informativa del comunicado, los invitamos a consultar la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación.